Tengo una duda que se me plantea sobre el supuesto de penitenciario visto en clase la semana pasada -aunque no se plantea esto en el supuesto. En relacion al supuesto 5 (Pedro Esteban Ruiz), ¿cúando cumpliría el período de seguridad en la pena de 6 años recibida el 16 mayo 2013? Porque si continúa cumpliendo la pena de 3 años y a continuación cumple la pena de 6 años, entonces quedarían más de 3 años para cumplir el período de seguridad. Yo creo que habría que cambiar el orden de ejecución de las penas y retrotraer el inicio del cumplimiento de la pena de 6 años a cuando comenzó a cumplir la primera pena de 3 años, ya que conforme al art. 75 del Código Penal, las penas se cumplirán sucesivamente por el orden de su respectiva gravedad (cuando no puedan cumplirse simultáneamente), y en este caso llevaría cumplido ya más de 1 año del período de seguridad de la mitad de la condena (3 años), lo que llevaba cumplido de la pena de 3 años. Lo que resta para cumplir el período de seguridad de la pena de 6 años difiere mucho dependiendo del planteamiento.