Como he empezado nuevo en el grupo...estoy repasando los videos desde el principio. En la clase del 18 de septiembre , se comenta que la sustitucion del presidente en un organo colegiado se realizara por jerarquia , antiguedad y edad.
Quisiera preguntar....que entiendo que ese criterio funciona cuando el organo colegiado esta reunido y hay que sustituir al presidente ....pero en circunstancias normales el presidente de los organos colegiados en un Centro penitenciario es el Director y en ausencia del mismo hay un sustituto o suplente , designado por el centro directivo.

Cuando el Director del centro esta de baja, de vacaciones, permisos, ausente por obligaciones, etc...le sustituye el designado por el Centro Directivo y si con motivo de esa sustitucion le corresponde por asi estar convocada el organo colegiado , acudira como Presidente.
en el articulo 284 RP se establece la suplencia del director "el centro Directivo establecera emediante resolucion motivada , designando al suplente de entre los Subdirectores.

Por lo tanto entiendo que si un subdirector de seguridad fuera el designado como suplente del Director y este se encontrara de vacaciones , acudiria como presidente a una Junta de Tratamiento .

Yo en principio me lo he aprendido de esta manera para no entrar en confusion ...."....al presidente (Director) le sustituye el designado por el centro directivo y durante la celebracion del organo colegiado sera sustituido de entre los presentes el de jerarquia/antiguedad y edad."

Me podeis confirmar este planteamiento?
Gracias y un saludo.